En nombre de las víctimas: ¿cuáles son los límites de la JEP para informar sobre La Escombrera?

Por Juan David Ortiz Franco

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4 de febrero de 2025

La identificación de las primeras dos víctimas de desaparición forzada halladas en La Escombrera planteó un debate sobre la forma de comunicar los avances en el proceso. El derecho a la intimidad y los acuerdos para la custodia de la información entran en disputa con la forma como la JEP ha hecho visibles los hallazgos.


El jueves 30 de enero, la Jurisdicción Especial Para la Paz (JEP) publicó en sus canales institucionales y remitió a periodistas un boletín de prensa con una noticia en la que se centraba la expectativa de familias buscadoras, organizaciones de derechos humanos y medios de comunicación: Medicina Legal logró identificar a las primeras dos personas entre los cuerpos que han sido recuperados desde diciembre en la zona conocida como La Escombrera, en la comuna 13 de Medellín.

Además de esa información, el texto del comunicado —de cuatro páginas y más de 1300 palabras— ofrece detalles muy precisos sobre las personas identificadas. Omite sus nombres con el argumento de que así protege a sus familias y atiende su “solicitud expresa” de no revelar las identidades, pero hace descripciones sobre sus edades, los lugares donde vivían, las características físicas de una de ellas, las actividades que desempeñaban para el momento en que fueron desaparecidas y las fechas exactas de algunos hechos. Alguien con referencias mínimas o con capacidad para rastrear datos e información podría concluir de quiénes se trata.

María Victoria Fallon, abogada del Grupo Interdisciplinario de Derechos Humanos (GIDH), organización que acompaña el proceso y representa a la familia de Arles Edison Guzmán Medina, uno de los desaparecidos que, se presume, podría estar en La Escombrera, señaló que la JEP cruzó la línea ética, incluso “pisando la ilegalidad”. En un hilo de X (Twitter), aseguró que las familias de las personas desaparecidas le solicitaron “expresamente” a ese tribunal y a la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) preservar sus identidades para llevar su duelo sin la presión de los medios de comunicación.

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Fallon le dijo a El Armadillo que ella no participó de las reuniones en que la JEP y la UBPD comunicaron a las dos familias los resultados de la identificación y establecieron acuerdos sobre el tratamiento de la información. Sin embargo, sí estuvo en otro encuentro el jueves 30 de enero de la mesa técnica en la que participan víctimas, organizaciones de derechos humanos y entidades del Estado.

Allí, dijo Fallon —y eso lo constatamos con otras tres personas que participaron en la reunión—, el magistrado Gustavo Salazar, quien lidera el proceso por parte de la JEP, dijo lo que después quedó ratificado en el boletín de prensa: que las familias pidieron mantener en reserva las identidades de las dos víctimas identificadas.

Entonces, para ella, aun cuando ese organismo no publicó los nombres, la inclusión de los detalles que salieron en el comunicado contradice la voluntad de esas familias. “Las medidas cautelares han sido importantísimas, pero una vez asegure el sitio, a la JEP le corresponde garantizar que todas las instituciones hagan su tarea y no estar permanentemente haciendo ejercicios de difusión mediática donde el centro es la JEP y no los desaparecidos”, nos dijo la abogada.

Comunicar la justicia en curso y el criterio ante el riesgo

Hay un principio que se enseña desde los primeros niveles en las escuelas de periodismo y comunicación: la protección de la identidad de las fuentes. Ese, sin embargo, suele ser asunto que no es fácil de recoger en toda su complejidad en los manuales de estilo y de ética periodística, porque cada caso responde a condiciones y necesidades distintas.

A veces, una fuente que pide reserva puede ser reemplazada por otra que no tiene problema en que se conozca su identidad. Pero a veces eso es imposible y por tanto no es lo mismo la protección de identidad de una fuente que revela un hecho de corrupción que de un persona que denuncia a una organización armada. Tampoco es igual el riesgo que enfrenta un funcionario de alto nivel que una persona que vive en una zona de confrontación.

La experiencia de Colombia y de muchos países en conflicto ha construido una premisa adicional: no basta con omitir un nombre, es necesario acompañar a las fuentes para que identifiquen riesgos potenciales que quizá ellas mismas no hayan detectado y que así tomen decisiones con la mejor información disponible. Pero también es importante interpretar el sentido de una solicitud de reserva. La petición de no revelar un nombre exige el cuidado sobre detalles e información que facilite su identificación. En algunos casos, lo que está en juego es la vida y, en otros, el derecho de una víctima a llevar el duelo en su intimidad.

Esa ha sido una preocupación de organizaciones gremiales, centros de estudios, organismos de cooperación, universidades y algunos medios de comunicación. Por ejemplo, en 2019, la Conferencia Global de Periodismo de Investigación dedicó un panel a ese tema, a propósito de la protección de informantes. Entre las conclusiones hay dos que se tocan de cerca con el debate sobre el boletín de prensa de la JEP:

“Cuando el denunciante enfrenta un riesgo grave y requiere anonimato usted debe estar preparado para rechazarlo si está claro que quedaría expuesto después de la publicación”. La otra dice: “Consulte con la fuente para asegurarse de que comprende todos los riesgos potenciales a los que podría enfrentarse: financieros, psicológicos, de reputación y físicos. Tenga en cuenta que incluso los familiares de los denunciantes a menudo tienen dificultades para comprender por qué corren estos riesgos”.

El conocimiento construido y la experiencia del periodismo podría extrapolarse a otras situaciones, pero claro, como decíamos antes, una cosa es un informante y otra la familia de una víctima. Y una cosa es un medio de comunicación y otra es un tribunal de justicia transicional.

Incluso, la JEP cuenta con una política (2019) y una estrategia (2020) de comunicaciones que responden de manera específica a su misionalidad. La primera define varios preceptos que incluyen la centralidad de las víctimas, para lo que destaca “la aplicación del principio de acción sin daño” y la confidencialidad: “Las comunicaciones de la JEP deberán respetar la confidencialidad de los magistrados y magistradas y los equipos de la Jurisdicción en ejercicio de las funciones judiciales. Asimismo, guardarán la reserva de las deliberaciones respectivas y protegerán las identidades de las víctimas que estén en riesgo de ser revictimizadas”, dice esa política.

La estrategia, entre tanto, señala en uno de sus apartados las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas de las comunicaciones de la JEP. Y en este último punto puede estar una de las claves sobre las decisiones que ha tomado ese organismo al comunicar sobre La Escombrera. Ese documento se detiene en el contexto político y en lo que implica, por ejemplo, “la baja reputación de la jurisdicción entre algunos públicos de interés”; las “campañas de desprestigio”; la “eventual insatisfacción” de algunas víctimas, sectores sociales y políticos con sus decisiones; y las demoras en la toma de decisiones judiciales.

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Aunque el documento no precisa cómo enfrentar esas amenazas, hay que detenerse en las particularidades de la justicia transicional derivada del acuerdo de paz de 2016 y los efectos sobre la manera en que eso se comunica. Por ejemplo, en la justicia ordinaria buena parte de la información está bajo reserva hasta que se produzcan fallos judiciales. En cambio, cualquier persona que quiera saber lo que dijo un compareciente en una audiencia pública ante la JEP lo puede buscar en YouTube. 

Eso responde al enfoque restaurativo y al componente dialógico que tiene este modelo de justicia. Con ello, la JEP pretende que existan espacios de diálogo entre todos los actores —víctimas, comparecientes y jueces— que se trasladen al resto de la sociedad. Lo que ha explicado ese tribunal es que, como la verdad se va logrando por etapas, también se va haciendo pública información en el curso del proceso.  

Pero a diferencia de lo que es costumbre con un proceso en la justicia ordinaria, en el caso de La Escombrera, la JEP no solo emite comunicados, sino que hace rondas de medios como ocurrió el viernes, cuando el magistrado Gustavo Salazar estuvo en varias emisoras respondiendo entrevistas sobre la identificación de los cuerpos y sobre el contexto de la investigación.

En sus entrevistas el magistrado Salazar insistió en otro punto que también criticó la abogada Fallon sobre el comunicado: la inocencia de las víctimas. Para ella, ese énfasis en que las personas identificadas no tenían antecedentes penales ni relación con el conflicto deja en el aire una idea: “¿Si los tuvieran entonces era válido que los hubieran desaparecido?”, se pregunta.

Agregó que esas entrevistas también dan cuenta de que la JEP invierte mucho tiempo y esfuerzo en las comunicaciones: “Para mí lo importante es que no hay un macro caso sobre desaparición forzada, pero sí muchos recursos destinados a la información mediática. Podrían nivelar las cargas y meterle más el pedal a lo que les corresponde, que es la investigación”.

Buscamos la postura oficial de la JEP sobre los cuestionamientos de Fallon, pero su equipo de prensa nos dijo que no habrá pronunciamientos oficiales al respecto. La única respuesta que nos dieron apuntó a que el manejo de la información se concertó con las familias y que es solo a ellas a las que les corresponde opinar sobre el tema: “El magistrado relator habló con las familias, les informó lo que iba a salir publicado. Ellas lo conocieron y lo aceptaron, tal y como lo dicta el protocolo acordado”.

También contactamos a otras tres organizaciones sociales que acompañan el proceso: Corporación Jurídica Libertad, Mujeres Caminando por la Verdad y la Fundación Madre Laura. Las dos primeras respondieron con un mensaje en el que expresaron su solidaridad con las familias de las personas identificadas, pero dijeron que no darían declaraciones a medios por respeto con las víctimas. Esperamos por unos días a la Fundación Madre Laura y no recibimos respuesta.

La tensión con la UBPD

Tal y como publicó el sábado El Espectador, el flujo de información sobre La Escombrera por parte de la JEP ha generado tensiones con la UBPD. Dos funcionarios de esa entidad le aseguraron a El Armadillo que las diferencias llevaron a que ese organismo, que lidera el proceso forense, haya decidido no suscribir los últimos dos comunicados que la JEP ha emitido sobre el caso, pese a que sí lo hizo con los otros que fueron publicados desde el hallazgo de los primeros restos en diciembre.

Eso, pese a que ambas instituciones, que hacen parte del Sistema Integral de Verdad Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR) creado a partir del acuerdo de paz junto a la Comisión de la Verdad, que ya terminó su mandato, construyeron en conjunto un protocolo específico para el cubrimiento de La Escombrera.

Esos dos funcionarios coincidieron en que en la UBPD hay incomodidad con algunas de las decisiones de la JEP y en que se está pasando por alto el protocolo de comunicaciones. Según dijeron, la percepción que existe en ese organismo es que la JEP está asumiendo roles que no le corresponden. De ahí, y a propósito del comunicado del jueves, surge la pregunta que no pudimos hacerle a esa entidad por su decisión de no pronunciarse sobre el tema: ¿por qué si la intervención técnico forense es liderada por la Unidad de Búsqueda y la identificación es competencia de Medicina Legal, fue la JEP la institución que se pronunció al respecto y lo hizo a título individual? 

Entre tanto, la única respuesta oficial que nos entregó la UBPD fue la misma que le dio a El Espectador: “La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas ha manejado toda la reserva confidencial y protección de la información sobre la identidad de las víctimas que amerita este caso, al igual que el resto de acciones que se adelantan en el país, en concordancia con nuestro mandato humanitario y extrajudicial. Continuaremos en esta misma línea, prevaleciendo los derechos de las familias, organizaciones y personas buscadoras”.

El protocolo conjunto sobre La Escombrera destaca el rol de los medios de comunicación y resalta su —nuestro— papel para soportar el derecho a la información de la ciudadanía. El documento establece un compromiso sobre la información: “[Las declaraciones a medios] se harán de forma articulada entre la Unidad de Búsqueda y la JEP. En el momento de dar los resultados de los hallazgos se deberá incluir a Medicina Legal”. Pero también enuncia siete principios. Dos de ellos recogen buena parte de la discusión de los últimos días: “Respeto por las familias de las víctimas de desaparición forzada” y “sensibilidad para entender el dolor del otro y evitar generar acción con daño o revictimizar”.

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